LAVANCHY OSCAR ATILIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social revoca parcialmente la sentencia de primera instancia en reclamo por reajustes previsionales, confirmando en parte la integración del haber y la constitucionalidad de las normas aplicadas, y estableciendo las pautas para la actualización de las prestaciones previsionales.
- Quién demanda: Oscar Atilio Lavanchy
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes diversos y actualización del beneficio previsional otorgado el 2/6/2018, incluyendo la revisión de la movilidad del haber, la constitucionalidad de las normas y la no aplicación de cláusulas de indexación incompatibles con la ley 27.561.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca parcialmente la sentencia y confirma la validez de la normativa vigente para la movilidad y actualización de las prestaciones previsionales, considerando que la ley 27.426 y sucesivas leyes de movilidad son constitucionales y que no corresponde la declaración de inconstitucionalidad del art. 24 inc. a) de la ley 24.241. Además, se establece que la comparación del haber inicial debe hacerse sobre el total del haber percibido, reajustado o no, y que la ley 27.609 rige desde el 5/1/2021, sustituyendo la movilidad anterior. La Cámara también confirma la prescripción del reclamo por el período anterior a los dos años del reclamo administrativo, y que la prohibición de indexación contenida en las leyes 23.928 y 25.561 es constitucional, en línea con la doctrina de la Corte Suprema. Se ordenan costas por su orden en la alzada y se regula honorarios en un 30% de lo que se regule.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cuanto a la actualización de la PBU, cabe tener presente lo decidido por la Corte en los precedentes “Quiroga, Carlos Alberto”, “Sandoval, Norma Mabel c/ ANSeS” y “Pichersky, Alberto Raúl c/ A.N.Se.S”, donde concluyó que debía considerarse, de manera concreta, qué incidencia tenía la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial y en caso de haberse producido una merma, constatar si el nivel de quita resultaba confiscatorio. Análisis éste que debe hacerse en la etapa de ejecución de sentencia, mediante la utilización del nivel general del índice de salarios elaborado por el INDEC, para el período 2002-2006 y con posterioridad, de los respectivos aumentos generales otorgados por la ley 26.198, decretos 1346/07, 279/08 y leyes 26.417, 27.426, 27.609 y sus modificatorias." "El análisis de la constitucionalidad de las normas,
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: