B., E. R. C/ G. M., M. L. S/ MEDIDA DE PROTECCION DE PERSONA
La Cámara de Paraná confirmó el rechazo de la medida cautelar de cuidado personal unilateral y mantuvo el sistema de cuidado compartido del hijo menor, considerando que no existen riesgos que justifiquen la modificación solicitada y que prevalece el interés superior del niño.
- Quién demanda: E.R.B., en protección de los derechos de su hijo menor A.B.B.
¿A quién se demanda?
M.L.G.M., madre del menor.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La adopción de una medida cautelar de cuidado personal unilateral del hijo, con habilitación de días y horas inhábiles, y establecimiento de un régimen de comunicación en favor de la madre.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la petición de cuidado unilateral y dispuso mantener el régimen de cuidado compartido, en atención a los informes del Equipo Interdisciplinario y del COPNAF que indicaron que el sistema vigente es el más adecuado para el interés del niño.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Del análisis de los Informes brindados por el Equipo Interdisciplinario del Poder Judicial y del COPNAF surge que lo más conveniente para A. es mantenimiento del sistema de cuidado compartido, no advirtiendo el riesgo alegado por el Sr. B. al momento de demandar, debiendo instarse a las partes a cesar en su conflictividad, y trabajar lo relativo al mejoramiento del diálogo como adultos responsables en aras de lograr lo más conveniente para el hijo en común." "El sistema vigente garantiza el interés superior del niño, conforme a lo establecido en el art. 3 de la Convención de los Derechos del Niño y en la normativa nacional, priorizando siempre su bienestar y el respeto por sus derechos, por lo que no se advierten motivos que justifiquen la modificación del cuidado compartido."
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