B., T. L. A. C/ B. A. S/ ORDINARIO FILIACION E INDEMNIZACION DE DAÑOS
La Cámara de Paraná revocó parcialmente la sentencia y elevó la indemnización por daño moral a $180.000, considerando la gravedad del daño y la insuficiencia del monto original, además de ajustar los intereses moratorios desde el 29/07/2014.
¿Quién es el actor?
E. V. B. en representación de T. L. A. B.
¿A quién se demanda?
A. A. B. (padre biológico)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento de filiación extramatrimonial y reparación por daño moral.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda de filiación, se condenó al demandado a pagar $180.000 por daño moral con intereses desde 29/07/2014 y costas de alzada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia apelada reconoció la relación parental por análisis de ADN (99,99%) y condenó al demandado a pagar $70.000 por daño moral, valor que la Cámara consideró insuficiente frente a la gravedad del daño. La Sala valoró que "el daño moral se traduce en las incomodidades y dolor que manifestó vivenciar el actor" y que "el tiempo en que el actor vivió sin reconocimiento filial" justifica una mayor indemnización, elevándola a $180.000. Además, se ajustaron los intereses moratorios desde el 29/07/2014, en la fecha de interpelación mediante carta documento, con tasa del 6% anual y adicional interés mensual igual a la tasa activa del Banco de la Nación Argentina. La Cámara destacó la relevancia del daño extrapatrimonial por la vulneración del derecho a la identidad, protegido constitucional y convencionalmente, y que la cuantificación debe ponderar satisfacciones sustitutivas. Se modificó también la regulación de honorarios y costas.
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