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LORINI SOSA, CARLOS GUSTAVO C/BANCO HIPOTECARIO SA S/SUMARÍSIMO

La Cámara de Paraná confirmó parcialmente la sentencia que condenó al Banco Hipotecario a devolver la suma retenida y a pagar daño moral, rechazando los daños punitivos por falta de prueba de conducta dolosa o grave negligencia.

Dano moral Danos y perjuicios Recurso de apelacion Indemnizacion Incumplimiento contractual Dano punitivo Responsabilidad bancaria Cajero automatico Ley 24.240 Entre rios


- Quién demanda: El actor, Carlos Gustavo Lorini Sosa.

¿A quién se demanda?

Banco Hipotecario SA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La devolución de $11.300 retenidos indebidamente en cajero automático, daño moral ($120.000) y daño punitivo.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena a la devolución del dinero y daño moral, rechazando el daño punitivo y agravios del actor, por entender que no se acreditó conducta dolosa o grave negligencia del banco.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que el actor probó que depositó en el cajero la suma de $11.300 y que el banco retuvo el dinero sin justificación, configurando incumplimiento contractual que habilita la indemnización. Respecto al daño moral, se acreditó el padecimiento del actor, por lo que se condenó a pagar $50.000. Sobre el daño punitivo, la mayoría entendió que no quedó probado que el banco actuó con dolo o negligencia grave, por lo que se rechazó su procedencia. La disidencia sostuvo que el daño punitivo es válido para disuadir conductas abusivas, pero la mayoría consideró que en este caso no se acreditó tal conducta. La condena en costas fue a cargo del demandado.

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