PERRONE, VIVIANA MABEL EN REPRESENTACION DE ROMANO RAUL FABIAN C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Paraná desestimó la acción de amparo promovida por Viviana Perrone para obtener la afiliación del Sr. Romano en IOSPER, considerando que no se acreditaron los requisitos necesarios, como la unión convivencial registrada o un mínimo de dos años de convivencia.
- Quién demanda: Viviana Perrone, en representación de Raúl Romano.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Afiliación del Sr. Romano como adherente voluntario a IOSPER, en condición de conviviente, mediante acción de amparo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la acción de amparo por falta de acreditación suficiente de la unión convivencial y por no cumplirse los requisitos establecidos por IOSPER, confirmando la negativa de afiliación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia destaca que la acreditación de la unión convivencial requiere la registración en el Registro Civil o un mínimo de dos años de convivencia, requisitos que no fueron cumplidos por la actora. La información sumaria presentada es insuficiente como prueba de la relación convivencial, y la jurisprudencia citada respalda que la prueba de la convivencia puede realizarse por cualquier medio, pero no basta con declaraciones unilaterales sin respaldo probatorio suficiente. Se concluye que la negativa del IOSPER no fue arbitraria ni ilegítima, y que la acción de amparo no cumple con los requisitos de admisibilidad, por lo que debe rechazarse con costas a la parte actora. La decisión también regula los honorarios profesionales, imponiendo costas a la accionante y fijando los honorarios del letrado de la parte demandada en los montos correspondientes.
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