Logo

MORALI, RICARDO ALBERTO C/ CARDOSO, DIEGO HUMBERTO S/ ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS

La Cámara de Gualeguaychú modifica la sentencia de primera instancia y aumenta las montos indemnizatorios por daños y perjuicios en atención a la gravedad del hecho y la prueba aportada. La indemnización por daño moral se eleva a $800.000 y por lucro cesante a $709.935,46, ambos con interés del 6% anual desde el hecho dañoso.

Incapacidad sobreviniente Dano moral Intereses Danos y perjuicios Responsabilidad civil Indemnizacion Lucro cesante Apelacion Camara de gualeguaychu Agresion en domicilio


- Quién demanda: Ricardo Alberto Morali.

¿A quién se demanda?

Diego Humberto Cardoso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios, incluyendo incapacidad sobreviniente, daño moral y lucro cesante.

¿Qué se resolvió?

La Cámara admite parcialmente el recurso de apelación y aumenta los montos indemnizatorios, manteniendo la condena de pago con intereses del 6%.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La sentencia tomó como referencia la lesión acreditada, la incapacidad determinada en el dictamen y realiza un cálculo de acuerdo a una fórmula utilizada judicialmente para fijar la suma a la que arriba. Ninguno de esos puntos es observado en forma concreta." "El hecho sucedió dentro del domicilio del señor Morali, donde ingresaron sin autorización el demandado Cardoso y su perro. Esta es una situación agraviante de inusitada gravedad." "El agravio moral es tan importante como el daño en sí y muchas veces lo es mayor, y que a más de ingresar a un domicilio sin autorización la agresión en esas circunstancias del dueño de casa es irracional y grave." "Debe tenerse presente que está reconocido que el hecho ocurrió en el domicilio del actor, donde ingresaron sin autorización, lo cual agrava la situación y justifica la elevación de la indemnización." "El monto por daño moral se fija en $800.000, considerando la gravedad del hecho y el daño ocasionado." "Respecto al lucro cesante, se admite y se ajusta a valores actuales según el índice de inflación, estimándose en $709.935,46." "Se debe sumar la tasa pura del 6% anual desde el hecho dañoso hasta que la sentencia quede firme." "Se deja sin efecto la regulación de honorarios de primera instancia y se regula en esta instancia conforme a la labor desplegada."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar