MOYANO, RODRIGO GUSTAVO S- ABUSO SEXUAL GRAVEMENTE ULTRAJANTE AGRAVADO S -RECURSO DE CASACIÓN S/RECURSO DE QUEJA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Entre Ríos anuló el juicio llevado a cabo en la causa por abuso sexual gravemente ultrajante contra Rodrigo Moyano y ordenó la realización de un nuevo juicio por jurados, por considerar que el procedimiento fue llevado a cabo por un tribunal incompetente y en violación del derecho al juez natural.
- Quién demanda: Rodrigo Gustavo Moyano
¿A quién se demanda?
Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná y Tribunal de Casación Penal de Entre Ríos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la sentencia que rechazó su recurso de casación y confirmó la fallo condenatorio, alegando nulidad del proceso por violación del juez natural y errores en la valoración probatoria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación Penal denegó la impugnación extraordinaria, pero el Tribunal Superior de Justicia, con base en su competencia, anuló la audiencia de remisión a juicio y todo lo actuado desde esa fecha, ordenando la realización de un juicio por jurados, por considerar que hubo una vulneración del principio del juez natural y del procedimiento debido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia de casación validó una inferencia probatoria contradictoria, omitiendo considerar adecuadamente la posible motivación secundaria de la denuncia y la participación del imputado en el momento de los hechos.
La decisión casatoria desestimó el planteo de nulidad por la competencia del tribunal, en violación del principio del juez natural, dado que la causa fue sometida a un tribunal técnico en lugar de un jurado popular, en contravención a la Ley Nº 10.746.
Se aplicaron precedentes que establecen la irrenunciabilidad del sistema de juicio por jurados y la necesidad de garantizar el juez natural en causas de delitos de relevancia social, como los delitos sexuales.
La perspectiva de género y la protección especial a las víctimas de violencia de género refuerzan la necesidad de realizar un juicio con participación del pueblo a través del sistema de jurados.
Se destaca que la nulidad de todo lo actuado desde la audiencia de remisión a juicio resulta procedente por vulneración del derecho al juez natural y del debido proceso, en consonancia con los principios constitucionales y convencionales.
- La mayoría del tribunal acuerda anular el proceso desde la audiencia de remisión a juicio y ordenar un nuevo juicio por jurados, en cumplimiento del principio del juez natural y garantías constitucionales.
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