MARULL, ROSA DEL CARMEN C/ CIRCULO DE SUBOFICIALES DELA FUERZA AEREA ARGENTINA SOC. MUTUAL S/ COBRO DE PESOS S/ SENTENCIAS DEFINITIVAS ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones del Trabajo de Entre Ríos confirmó la sentencia que rechazó la apelación de la trabajadora y mantuvo la decisión de despedirla por haber viajado durante un período de licencia médica, considerando que la causa de despido no estuvo fundada en una causal válida.
- Quién demanda: Rosa del Carmen Marull
¿A quién se demanda?
Círculo de Suboficiales de la Fuerza Aérea Argentina Sociedad Mutual
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de indemnización por despido sin causa.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la apelación y mantuvo la legalidad del despido.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El fallo de primera instancia sostuvo que la actora viajó a Buenos Aires mientras gozaba de licencia por enfermedad, lo cual fue considerado incumplimiento grave que afectó el deber de buena fe y generó pérdida de confianza. La prueba documental y testimonial respaldó que la actora realizaba tareas en depósito que agravaron su afección, y que la licencia no implicaba reposo absoluto. La apelante alegó que la licencia era de reposo absoluto, pero la sentencia precisó que el certificado médico y las tareas realizadas indicaban un reposo restringido, no absoluto. La Cámara consideró que la causa de despido fue fundada en la conducta incumplidora y que la misma no fue arbitraria ni injustificada. La jurisprudencia citada sostiene que las sanciones por infracciones laborales pueden tener carácter penal y que la ley 25.323, en su art. 2, establece una indemnización con carácter retributivo. La apelación fue desestimada y se confirmó la sentencia de primera instancia."
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