M., A. J. Y OTRO C/ M. L. E. Y OTRO S/ALIMENTOS
La Cámara Segunda de Paraná confirma la resolución que aprobó la liquidación de diferencias de cuota alimentaria. El tribunal desestima el recurso del demandado por no presentar argumentos suficientes y mantiene la decisión inicial que consideró acreditados los pagos parciales realizados.
- Quién demanda: La actora (demandante de la liquidación de cuotas alimentarias).
¿A quién se demanda?
El demandado (alimentante).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La liquidación de diferencias de cuota alimentaria adeudadas, incluyendo pagos parciales realizados en septiembre y octubre de 2023.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la resolución que aprobó la liquidación, rechazando el recurso de apelación del demandado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Este tribunal ha dicho reiteradamente que resulta condición insoslayable de la pieza de agravios, que la misma contenga una concreta referencia a los puntos del pronunciamiento con los cuales se disiente, divergencia que debe precisar, ineludiblemente, la manifestación de la solución que se pretende, cuál o cuáles son las pruebas en que se sustenta la revocación del fallo impugnado y su fundamentación legal" (párrafo 5). Asimismo, "el recurso deducido contra la resolución del 23/02/24 debe ser desestimado, por no ser suficiente la crítica esbozada contra dicha resolución", ya que el recurrente no logra demostrar que los pagos no correspondan a los meses reclamados ni que hayan satisfecho las necesidades del menor. Además, "nada refiere el apelante acerca de cuál ha sido el error del sentenciante en considerar que los pagos hechos son pagos parciales correspondientes a los meses de septiembre y octubre de 2023". El tribunal concluye que la crítica del apelante no cumple con los requisitos de fundamentación y precisión, por lo que "no cabe sino declarar desierto el recurso".
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