FIGUEROA, CARLOS XAVIER (REPRESENTACIÓN DE SU HIJO D. R. F.) C/INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ACCION DE AMPARO
La Cámara de Apelaciones de Concordia declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial de adhesión que obligaba a transitar por la vía administrativa previa en causas de accidentes laborales in itinere. La decisión se fundamentó en que la norma viola principios constitucionales y del sistema federal, permitiendo que los procesos judiciales laborales continúen sin esa condición previa.
- Quién demanda: Miguel Ángel Figueroa
¿A quién se demanda?
Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de apelación contra la resolución que desestimó las inconstitucionalidades planteadas y exigió acreditar el agotamiento de la vía administrativa en 3 días.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso, declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 10532 y ordenó la continuación del proceso sin la condición previa de trámite administrativo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia sostuvo que la ley provincial 10532, al adherir a la Ley Nacional 27348, delega facultades jurisdiccionales reservadas al poder constituyente provincial, en violación del sistema federal y arts. 1, 5, 75 inc. 12, 121 y 122 de la CN y 8 de la Constitución provincial. La jurisprudencia de la CSJN en “Pogonza” no es aplicable en este caso, ya que no abordó la constitucionalidad de las leyes provinciales de adhesión, y la postura del tribunal provincial en causas similares refuerza la declaración de inconstitucionalidad. La ley impone un trámite previo obligatorio que restringe el acceso a la justicia y vulnera derechos constitucionales, además de invadir competencias reservadas. La declaración de inconstitucionalidad implica que los procesos judiciales pueden continuar sin cumplir esa condición previa.
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