CEMYC SRL C/ ESTADO PROVINCIAL S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-SUMARIO
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos hizo lugar a la demanda de CEMYC S.R.L. contra el Estado Provincial, confirmando la condena a pagar intereses moratorios por certificados de obra vencidos y en mora, fundamentando en que la acción no estaba prescrita y en la correcta base de cálculo.
- Quién demanda: CEMYC S.R.L.
¿A quién se demanda?
Estado Provincial de Entre Ríos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de intereses moratorios por pagos en mora de certificados de obra, totalizando $1.588.236,13 más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la demanda, confirmando la sentencia de primera instancia que condenó al Estado a pagar los intereses reclamados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara consideró que el reclamo administrativo presentado por CEMYC en julio de 2020 interrumpió la prescripción de la acción, y que los recursos de queja interpuestos en 2022 y 2023 también constituyen interrupciones válidas, en línea con los precedentes del STJER. Se rechazó la defensa de prescripción alegada por el Estado, ya que la acción no había caducado. Respecto a la base de cálculo de los intereses, la Cámara sostuvo que las retenciones impositivas y previsionales deben integrarse en la base de cálculo, pues nacen con la emisión de la factura y no pueden considerarse meramente en concepto de carga impositiva, sino como parte del monto total adeudado. Además, se rechazó la pretensión de capitalización de intereses, considerando que solo procede en casos específicos y que no estaba probado en el caso. En cuanto a costas, se impusieron en su totalidad a la parte vencida, el Estado Provincial.
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