D., J. A. C/ C., M. M. S/ SUMARISIMO
El Superior Tribunal de Entre Ríos rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley presentado por la parte demandada en un proceso de liquidación de honorarios profesionales. La decisión se fundamentó en que la apelante reiteró argumentos ya abordados en instancias previas y que la normativa aplicable fue correctamente interpretada.
- Quién demanda: La parte actora (el profesional que solicita honorarios).
- A quién se demanda: La parte demandada (M. C.).
- Qué se reclama: La regulación de honorarios en la suma de $70.304.461,72 y costas.
- Qué se resolvió: Se rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada, confirmando la sentencia que reguló honorarios en esa suma y costas a la vencida.
Fundamentos:
"El recurso de inaplicabilidad de ley es una vía extraordinaria que requiere el cumplimiento de exigencias técnico-formales estrictas. El memorial del recurso reiteró argumentos ya tratados en instancias anteriores, sin explicar por qué la tasación no refleja el valor del inmueble ni por qué la aplicación del porcentaje del 3,5% sería arbitraria. Además, la aplicación del art. 102 de la Ley 7046, por remisión del art. 31 del Decreto-Ley 7046, es correcta en el contexto del proceso sumarísimo de regulación de honorarios extrajudiciales. La imposición de costas a la parte vencida está conforme a la normativa vigente. Por ello, el recurso fue rechazado y las costas a la recurrente."
No hubo votos en disidencia.
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