GAUNA, JOHANA DANIELA C/ BUTUS, EDGARDO RAMON S/ ORDINARIO COMPENSACIÓN ECONÓMICA
La Cámara Segunda de Paraná confirmó la sentencia que reconoció una compensación económica a favor de la ex conviviente por desequilibrio patrimonial derivado de la convivencia y su ruptura, fundamentada en la valoración de la prueba y la perspectiva de género.
- La actora, Johana Daniela Gauna, demandó al ex conviviente, Edgardo Ramón Butus, reclamando una compensación económica equivalente al 50% de un SMVM por cada mes de convivencia, totalizando 132 meses.
- La demanda se basó en que durante once años convivieron en distintas viviendas, con roles diferenciados: ella se ocupaba del hogar y los hijos, sin empleo formal ni bienes a su nombre, mientras que el demandado era proveedor con patrimonio en aumento, incluyendo bienes adquiridos durante la convivencia.
- La sentencia de primera instancia declaró acreditado un desequilibrio económico manifiesto por la convivencia, justificando la compensación en los términos del art. 524 del CCC, valorando que el demandado incrementó su patrimonio y que ella sufrió un empobrecimiento injusto.
- La defensa del demandado alegó que la valoración de la prueba fue sesgada, que la vivienda adquirida fue con dinero familiar y que el incremento patrimonial no fue significativo. También cuestionó el monto de la compensación.
- La Cámara sostuvo que existió un fuerte desequilibrio en la capacidad económica entre las partes, que la convivencia impuso roles de cuidado y desventajas para la actora, y que la perspectiva de género debe ser considerada en la valoración del caso.
- Se rechazaron los agravios del demandado, confirmándose la sentencia en todos sus términos, incluyendo la cuantía de la compensación y las costas.
- Los honorarios de los profesionales intervinientes se regularon en función del valor de la causa, con una distribución del 50% para cada parte.
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