Á. P., S. S. C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCIÓN DE AMPARO
La Cámara de Apelaciones ratificó la orden de cobertura inmediata de materiales médicos necesarios para la cirugía de una menor con escoliosis severa, argumentando la vulneración del derecho a la salud y la legitimidad del amparo, tras constatar la omisión en la entrega de insumos por parte del IOSPER.
- Quién demanda: S. S. Á. P., en representación de su hija L. M. C.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura urgente de 10 a 12 tornillos y 2 barras pediátricas, además de otros insumos necesarios para la cirugía de corrección de escoliosis de la menor, prevista para 04/11/2024.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al amparo y ordenó a IOSPER entregar en 2 días los materiales y cobertura requerida, bajo apercibimiento de astreintes, condenando en costas a la obra social.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La menor tiene una escoliosis toracolumbar de 50°, considerada grave, que requiere tratamiento quirúrgico inmediato para evitar complicaciones severas. La obra social, si bien autorizó la cirugía, no entregó los insumos indispensables, incumpliendo con su obligación legal y contractual, vulnerando derechos constitucionales y convencionales, y poniendo en riesgo la salud y la vida de la menor." "El accionar del IOSPER, al reconocer la necesidad y autorizar la cirugía pero no suministrar los materiales, constituye una conducta ilegítima que viola principios constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos, en especial el derecho a la salud y a la protección de la niñez." "La demora en la provisión de los insumos y la falta de justificación para ello, en un contexto de urgencia médica, configura una negativa ilegítima que justifica la acción de amparo y la imposición de medidas cautelares para garantizar derechos fundamentales."
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