STRACK, VERONICA S/SUCESORIO AB INTESTATO
La Cámara Segunda de Paraná revocó la declaración de incompetencia del juez del juzgado civil y comercial N° 1 de Paraná en el proceso sucesorio de Hermelinda Mercedes Benedetich, y declaró competente a los tribunales de Paraná para tramitar la sucesión, considerando que la prueba del domicilio del causante demuestra la residencia en esta jurisdicción.
- Quién demanda: Presuntos herederos de Hermelinda Mercedes Benedetich
¿A quién se demanda?
La decisión del juez del juzgado civil y comercial N° 1 de Paraná
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de incompetencia del juez por domicilio en Santa Fe y la competencia de los tribunales de Paraná para tramitar la sucesión
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la declaración de incompetencia y declaró competente a los tribunales del Departamento Paraná para entender en la sucesión, ordenando la recaratulación del expediente y la remisión de los autos a estos tribunales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La resolución cuestionada basó su decisión en que, según la partida de defunción, el domicilio del causante era en Santa Fe, y que no surgía de modo indubitable su último domicilio en Paraná. Sin embargo, la Cámara resaltó que los peticionarios expresaron que el domicilio real era en Paraná y ofrecieron información sumaria al respecto, la cual no había sido debidamente considerada. La ley establece que el juez competente en un proceso sucesorio es aquel del último domicilio del causante, arts. 2336 CCCN, y en la prueba testimonial analizada, los testigos indicaron que la causante residía en Santo Tomé solo por necesidades puntuales, sin cambiar su centro de vida. La Cámara sostuvo que la duda sobre el domicilio del causante no se evidencia en el caso y que, en presencia de domicilios alternados dentro de la misma provincia, la competencia del juez del domicilio de los herederos es válida si no hay oponentes, conforme al art. 1 CPCCER. Por ello, se revoca la declaración de incompetencia y se declara competente a los tribunales de Paraná para tramitar la sucesión, ordenando la recaratulación y remisión del proceso.
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