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AGUILAR, MIGUEL ANGEL S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS POR VIOLENCIA DE GÉNERO

La Cámara de Gualeguaychú condenó a Aguilar por lesiones leves agravadas y daño, en un fallo fundamentado en la evidencia de violencia de género y diversas conductas del imputado, imponiendo pena condicional y reglas de conducta para su rehabilitación y protección de la víctima.

Violencia de genero Medidas de proteccion Dano Pena condicional Lesiones leves agravadas Responsabilidad penal Reglas de conducta Responsabilidad del agresor Responsabilidad por violencia familiar Prision efectiva alternativa


¿Quién es el actor?

Estado, en su representación penal.

¿A quién se demanda?

Miguel Angel Aguilar.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Responsabilidad por lesiones leves agravadas por violencia de género y daño, y aplicación de pena y reglas de conducta.

¿Qué se resolvió?

Se lo condena a 1 año y 4 meses de prisión condicional, con reglas de conducta y reglas de control en un período de dos años.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La prueba rendida en juicio, incluyendo declaraciones de la víctima, informes médicos, pericias psicológicas y testimonios policiales, acreditó la existencia de hechos de violencia física y psíquica en el ámbito familiar, con lesiones visibles, amenazas de muerte y conductas intimidantes. La víctima expresó temor, angustia y miedo de futuras agresiones, incluso amenazas de muerte a sus hijos, lo cual evidencia la gravedad de la violencia de género y la peligrosidad del imputado. La responsabilidad del acusado quedó acreditada por la declaración de la víctima, corroborada por informes periciales y testimonios. La conducta del imputado, que incluyó múltiples agresiones en un contexto de violencia de género, y su actitud posterior, que continuó con amenazas y actos de intimidación, justifican la imposición de una pena efectiva, aunque se dispuso su cumplimiento en forma condicional por las circunstancias personales y sociales del imputado." "El tribunal valoró la gravedad de los hechos, la extensión del daño, las amenazas de muerte, la continuidad de conductas violenta, y la insuficiente reparación social del imputado, concluyendo que la pena de un año y cuatro meses en modalidad condicional, con reglas de conducta, es proporcional y adecuada para la gravedad del delito y para garantizar la protección de la víctima y la sociedad."

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