I., A. F., Y VILLAMAYOR, RAMÓN MARCELO S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO POR EL VÍNCULO
La Cámara de Gualeguaychú anuló la apertura a juicio por defectos en la acusación en causa por abuso sexual agravado, ordenando la remisión a la etapa de investigación previa. La decisión se fundamenta en la insuficiencia y ambigüedad de la acusación que vulneraba derechos constitucionales.
- Quién demanda: La Fiscalía y la defensa de los imputados en la causa por abuso sexual agravado.
¿A quién se demanda?
La decisión del Juez de Garantías Dr. Ignacio Telenta que dictó el auto de remisión a juicio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La nulidad del auto de apertura a juicio y remisión a la etapa de investigación previa por defectos en la acusación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Gualeguaychú declaró la nulidad absoluta del auto de remisión a juicio, considerando que la acusación no identifica claramente a los imputados ni describe con precisión los hechos, vulnerando derechos constitucionales y principios del proceso penal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que "la acusación debe necesariamente contener, bajo expresa sanción de invalidez, una enunciación concreta , clara y precisa, circunscripta y específica del hecho que se atribuye al imputado". La acusación en este caso adolece de defectos graves, ya que "no existe correlato entre la identidad del imputado VILLARREAL y la persona que ha sido mencionada por la niña víctima", debido a la falta de datos identificatorios precisos y a la confusión sobre el relato de la víctima. Además, la acusación no establece de manera clara la relación entre los hechos y los sujetos, afectando derechos constitucionales y principios del debido proceso. La sentencia cita que "una acusación defectuosa, omisiva o insuficiente es inválida de nulidad absoluta y por lo tanto impugnable en cualquier estado y grado de la causa". La autoridad judicial también destaca que "el relato de la niña, el cual fue incorporado a juicio mediante una grabación de muy difícil comprensión por su malísima calidad sonora, no se corresponde con la imputación que se formula a IBAAÑEZ", generando dudas sobre la atribución del hecho. La falta de precisión en la identificación de los imputados y la imprecisión en la narración de los hechos hace que la acusación sea inválida, vulnerando derechos constitucionales y principios procesales.
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