ROLDAN, LUIS ROQUE C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que ordenó al IOSPER a entregar audífonos para un afiliado con discapacidad, rechazando los agravios del demandado y sosteniendo que la demora en la entrega vulnera derechos constitucionales y convencionales a la salud.
- Quién demanda: Luis Roque Roldán, en calidad de afiliado con discapacidad.
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La provisión urgente e integral de audífonos “Resound Key 298” o similares, por su condición de discapacidad y necesidad clínica.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación del IOSPER y se confirmó la sentencia que ordenó la entrega de los audífonos en 10 días, considerando que la demora constituye una vulneración a derechos constitucionales y convencionales a la salud y la protección de personas con discapacidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La falta de entrega pese a la autorización y el tiempo transcurrido revela una conducta reticente ilegítima del IOSPER, incumpliendo la obligación legal y constitucional de garantizar el derecho a la salud del afiliado. La demora, aun en trámite administrativo, no justifica la inacción, especialmente en un adulto mayor con discapacidad que requiere la provisión urgente para evitar un deterioro en su calidad de vida. La jurisprudencia y la normativa internacional, como la Ley 24.901 y la Ley provincial 9891, respaldan la protección del derecho a la salud y la obligación del Estado y sus organismos de garantizar prestaciones en tiempo y forma adecuados."
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