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R., N. S. C/ R. J. N., R. J. S. A. Y R.L.J.C. S/ ORDINARIO IMPUGNACION DE PATERNIDAD

La sentencia de primera instancia que declaró la impugnación de reconocimiento y la filiación post mortem del fallecido L.A.R. en favor de la actora, revocando el reconocimiento paterno, fue confirmada por la Cámara, basándose en la prueba genética que demuestra la relación biológica con un alto grado de probabilidad.

Filiacion post mortem Filiacion Impugnacion de reconocimiento Prueba genetica Adn P

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, N.S.R., promovió acción de impugnación de reconocimiento contra R. R., y de filiación post mortem contra los herederos del fallecido L.A.R., debido a que la prueba genética demostró con una probabilidad superior al 99.999999% que es hija biológica del difunto.
- La acción se fundamentó en que, a pesar de que en su nacimiento fue inscrita como hija del reconociente O.O.R., nuevas evidencias genéticas demostraron que su verdadera filiación es con el fallecido L.A.R. La pericia genética, realizada en 2022, concluyó que la probabilidad de parentesco con el difunto era superior al 99,999999%, siendo la prueba más contundente en la materia.
- Los herederos del fallecido se allanaron a la filiación post mortem y no se opusieron a la declaración judicial de paternidad del difunto, aceptando la evidencia genética. La jueza de primera instancia, considerando la prueba y los fundamentos jurídicos del Código Civil y Comercial, admitió la acción y declaró la paternidad del Sr. L.A.R., inscribiendo a la actora como hija suya con el apellido "R.".
- La sentencia también dispuso la corrección de la partida de nacimiento, el libramiento de oficios a registros públicos y la imposición de costas a cargo del demandado O.O.R. y de los herederos del difunto, en proporciones correspondientes.
- Los honorarios profesionales se regularon en sumas elevadas, en función de la complejidad y la labor desplegada, conforme a la ley de aranceles vigente. Fundamentos principales de la decisión: "El informe pericial genético realizado por el Servicio de Genética Forense, en fecha 19 de abril de 2022, fue categórico en afirmar que la probabilidad de que la actora sea hija del fallecido L.A.R. supera el 99.999999%. La prueba genética, que incluyó análisis de ADN autosómico y del Cromosoma X, fue determinante para establecer la relación biológica. La jurisprudencia y el derecho vigente en materia de filiación reconocen la validez y la fuerza probatoria de estos estudios en acciones de impugnación de reconocimiento y filiación post mortem." "Por ello, la acción de impugnación de reconocimiento fue fundada en la evidencia científica y en el derecho civil, admitiendo la filiación post mortem en línea con las normas del Código Civil y Comercial, que garantizan la búsqueda de la verdad biológica y la protección del derecho a la identidad del hijo."

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