BRUZZONI, O BRUZONI, CARLOS MATEO Y OTROS S/ SUCESORIO AB INTESTATO
La Cámara de Apelaciones de Gualeguay resolvió que corresponde continuar la tramitación de la sucesión del causante en el Juzgado Civil y Comercial N° 1, ordenando la acumulación del proceso iniciado primero en dicho juzgado, ya que es el más avanzado en trámite, en lugar del iniciado en el juzgado N° 2.
- Quién demanda: No hay una parte actora específica, se trata de un incidente en autos sucesorios.
¿A quién se demanda?
No corresponde a una parte demandada, sino a la continuidad del proceso en un juzgado u otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La resolución del conflicto de competencia y la determinación de cuál juzgado debe continuar con la sucesión del Sr. Carlos Mateo Bruzoni.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró que corresponde al Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Gualeguay continuar con el expediente, ordenando la acumulación del proceso iniciado en ese juzgado, por ser más avanzado en trámite.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acumulación debe hacerse en el juzgado que se encuentra en mayor estado de avance en el trámite, en este caso el Juzgado Civil y Comercial N° 1, pese a que el proceso fue iniciado posteriormente en ese juzgado, ya que es el que más adelante se encuentra en el trámite procesal." "En casos como el que se tiene para resolver prima el avance procedimental, correspondiendo que la continuación sea en el juzgado que se encuentra en mayor estado de adelanto, que en este caso es el N° 1." Además, el informe del Ministerio Público Fiscal (MPF) destacó que "el proceso en el Juzgado N° 1 está más avanzado, en particular por la orden de publicación de edictos, pese a que no se haya acreditado tal publicación." No se registran votos en disidencia relevantes, y la decisión fue adoptada mayoritariamente.
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