S., J. P. C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS S/ ACCIÓN DE AMPARO
La Cámara de Entre Ríos confirma la sentencia que ordenó a IOSPER proveer medicación urgente, gratuita e integral en un caso de acción de amparo por falta de cobertura de tratamientos de fertilidad. El tribunal fundamenta su decisión en la protección constitucional y derechos de la paciente.
- Quién demanda: J. P. S., afiliada a IOSPER, con diagnóstico de falla ovárica precoz y en tratamiento de fertilización asistida.
- A quién se demanda: Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER).
- Qué se reclama: Que se le provea en forma urgente, gratuita e integral la medicación hormonaria necesaria para su tratamiento de fertilidad, específicamente Ronfase 17 y Alterpure, por seis meses y dos meses respectivamente.
- Qué se resolvió: La Cámara hace lugar a la acción de amparo y ordena a IOSPER proveer la medicación en un plazo de dos días, bajo apercibimiento de embargo y transferencia de fondos. Las costas se imponen a la parte vencida.
- Fundamentos principales:
"Resulta claro que la omisión de la demandada en atender el pedido de la médica tratante, y su demora en responder, constituyen una conducta arbitraría y violatoria del derecho a la salud protegido por la Constitución Nacional, las leyes nacionales y convenciones internacionales. La falta de cobertura afecta la calidad de vida de la amparista, y la protección constitucional y convencional obliga al Estado a garantizar el acceso a tratamientos de reproducción asistida, especialmente ante patologías que comprometen la salud reproductiva y el bienestar de la paciente."
V. PALABRAS CLAVE:
Acción de amparo, cobertura de salud, medicación, fertilización asistida, IOSPER, derechos constitucionales, protección de discapacidad, protección del derecho a la salud, orden judicial, protección integral.
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