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O., G. M. - HURTO Y LESIONES AGRAVADAS PRO MEDIAR VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTRO S/ RECURSO DE CASACIÓN

La Cámara de Casación de Entre Ríos revocó la resolución que ordenó la revocación de la condicionalidad de la pena de un año de prisión efectiva en un caso de violencia de género. La sentencia fue anulada por considerar que la resolución fue arbitraria y careció de fundamentación adecuada.

Violencia de genero Revocacion de condicionalidad Casacion Nulidad Interpretacion de ley Incumplimiento grave Derechos constitucionales Interpretacion del art. 27 bis del codigo penal Libertad condicional Arbitrariedad.


- Quien demanda: La Cámara de Casación de Entre Ríos en representación del recurrente, G. M. O.
- A quién se demanda: La resolución del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguaychú, que revocó la condicionalidad de la pena y ordenó su cumplimiento efectivo en la Unidad Penal 9.
- Qué se reclama: La nulidad de la resolución que revocó la beneficio de la condena condicional y la declaración de la libertad inmediata del condenado, por considerarla arbitraria y carente de fundamentación suficiente.
- Qué se resolvió: La Cámara de Casación revocó la fallo y dispuso la inmediata libertad del condenado, además de ordenar que se brinde atención a la víctima y se realicen las intervenciones correspondientes. La decisión se fundamentó en que la resolución recurrida fue arbitraria, interpretó erróneamente la normativa del art. 27 bis del Código Penal y no tuvo en cuenta la gravedad del incumplimiento en un contexto de violencia de género. Se consideró que la revocación automática sin análisis del contexto y de la gravedad del incumplimiento vulneró derechos constitucionales y convencionales, además de que la resolución careció de motivación suficiente. El tribunal destacó que la interpretación del art. 27 bis debe ser flexible y considerar la naturaleza del incumplimiento, especialmente en casos de violencia de género. Fundamentos: "El juez, en su afán de aplicar la letra de la norma con un análisis mecánico, omitió considerar la finalidad del instituto, que busca evitar la prisión efectiva ante incumplimientos leves, pero en casos de violencia de género o incumplimientos graves, la respuesta debe ser proporcional y fundamentada en el contexto y la gravedad del hecho. La resolución impugnada no evaluó adecuadamente las circunstancias del incumplimiento, ni la naturaleza del mismo, ni la vulnerabilidad de la víctima, lo cual constituye una motivación insuficiente y, por ende, arbitraria, en violación de los derechos constitucionales y convencionales."

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