Logo

F., D. E. C/ M., M. D. L. A. S/ INCIDENTE REDUCCION CUOTA ALIMENTARIA

La Cámara de Apelaciones de Gualeguay confirmó la resolución del juez de primera instancia que desestimó el incidente de reducción de cuota alimentaria, argumentando que no se acreditaron cambios en las circunstancias económicas ni en las necesidades del alimentado que justifiquen la modificación. La sentencia destaca que la parte apelante no logró probar la variación en sus condiciones económicas o en las necesidades del menor, y que la valoración de la prueba y la situación socioeconómica de la familia justifican mantener la cuota establecida. El tribunal también confirmó que la obligación subsidiaria de la abuela no puede ser liberada sin garantizar primero el cumplimiento del obligado principal, y que la apelante no aportó elementos suficientes para revertir dicha decisión.

Modificacion de cuota alimentaria Reduccion Circunstancias economicas Carga familiar Obligacion subsidiaria Sentencia confirmada Prueba social Situacion de vulnerabilidad Gualeguay Recursos de apelacion


- Quién demanda: La abuela paterna, Sra. D. E. F.
- A quién se demanda: La madre del menor, J. P. F., y el obligado principal, G. R., en incidente de reducción de cuota alimentaria.
- Qué se reclama: La reducción de la cuota alimentaria, alegando deterioro de las condiciones económicas de la recurrente y gastos derivados de la enfermedad de la madre, con solicitud de reducir la cuota al 10%.
- Qué se resolvió: La Cámara confirma la resolución del juez de primera instancia que desestimó la reducción de cuota, adhiriendo a los fundamentos de que no se acreditaron cambios económicos suficientes ni gastos justificados, y que la situación socioeconómica de la recurrente no justifica la modificación. Fundamentos: "El análisis de la prueba y la situación socioeconómica de la familia evidencia que la recurrente no logró probar que sus ingresos hayan disminuido de manera significativa o que los gastos derivados del tratamiento de la madre afecten su subsistencia. La pericia social indicó que los ingresos de la apelante, cercanos a $868.809, con un neto de $361.335, no evidencian un deterioro que justifique la reducción solicitada." "La obligación subsidiaria de la abuela no puede ser liberada sin garantizar primero el cumplimiento del obligado principal, y la apelante no aportó elementos que justifiquen su relevo, por lo que la sentencia de primera instancia debe mantenerse." "Los agravios respecto a la citación de otros obligados y el monto de la cuota no resultan procedentes, dado que la situación de incumplimiento del obligado principal fue correctamente valorada."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar