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VIÑEG, RAUL ANIBAL C/ MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION DEL URUGUAY S/ ACCION DE AMPARO

El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia que hizo lugar a la acción de amparo del actor contra la Municipalidad de Concepción del Uruguay, rechazando el recurso de la demandada y ratificando la protección del derecho a renovar la licencia sin exigir el libre deuda de multas.

Recurso de apelacion Garantias constitucionales Licencia de conducir Accion de amparo Requisitos administrativos Inconstitucionalidad normativa Derecho a la salud y trabajo Exigencia de pago de multas Ilegalidad recaudatoria Abusividad en procedimientos administrativos


- Quién demanda: Raúl Aníbal Viñeg, en acción de amparo.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Concepción del Uruguay.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se le permita renovar la licencia de conducir sin requerir la cancelación previa de multas o libre deuda.

¿Qué se resolvió?

El tribunal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción, ordenando a la Municipalidad no exigir el pago previo de multas para la renovación de la licencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El accionar del municipio de Concepción del Uruguay se presenta absoluta y ostensiblemente acorde a la vigencia de las normas jurídicas y administrativas vigentes como lo son la Ley Nacional de Tránsito, el convenio entre Nación, la provincia y el Municipio, y las leyes contravencionales, por lo tanto no concurre el requisito de acto manifiestamente arbitrario cuando el estado municipal ha obrado en total cumplimiento de las normas vigentes." "El requisito de pago previo y/o cancelación de infracciones reflejadas en el CENAT constituye una exigencia extorsiva, abusiva, meramente pecuniaria y con fin recaudatorio, que excede lo estrictamente requerido por la Ley Nacional de Tránsito (art. 13, inc. b, Ley 24.449). La exigencia aparece desproporcionada y en nada ayuda a la seguridad vial ni al ordenamiento del tránsito, siendo una práctica ilegítima que vulnera derechos constitucionales." "El Estado municipal no puede exigir condiciones extralegales o requisitos que no están previstos en la ley, y su proceder, que busca obstaculizar la renovación sin fundamento legal, es arbitrario y violatorio de garantías constitucionales." "El recurso de amparo resulta el medio adecuado para proteger derechos vulnerados por prácticas abusivas del Estado, y en este caso, la demanda debe ser aceptada."

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