R., J. C. C/ H. S. M. S/ ORDINARIO CUIDADO PERSONAL (ALIMENTOS Y EXCLUSION DE HOGAR - CONEXIDAD FAMILIA 1)
El tribunal dictó una sentencia en el proceso de cuidado personal y violencia familiar, estableciendo el cuidado compartido e indistinto de los hijos menores, rechazando la atribución de la vivienda familiar, y ordenando tratamientos terapéuticos. La decisión busca priorizar el interés superior de los menores y promover la vinculación con ambos progenitores.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, J.C.R., demanda cuidado personal, cese de cuota alimentaria y exclusión del hogar contra la demandada, S.M.H., alegando incumplimiento de deberes de cuidado, violencia familiar, y manipulación de los hijos. La demandada, en defensa, plantea cuidado compartido, residencia en la vivienda familiar y denuncia de violencia del actor, además de solicitar la atribución gratuita del hogar y su propio cuidado. El tribunal analizó las versiones, informes psicológicos y testimoniales, concluyendo que ambos progenitores deben asumir un cuidado compartido e indistinto, con domicilio principal en diferentes domicilios, garantizando la comunicación y el interés superior de los niños. Se ordenan tratamientos psicológicos y terapéuticos para los progenitores y adolescentes, y se rechaza la atribución de la vivienda. La sentencia también regula honorarios profesionales y costas procesales. La principal motivación fue que los menores deben mantener vínculos con ambos progenitores, en un contexto de conflicto y violencia, pero con avances en la vinculación tras el tratamiento terapéutico y cambios en las conductas familiares.
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