D. L. C., D. C. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Gualeguaychú redujo la condena a honorarios del abogado en un caso de alimentos, disminuyendo la suma de $491.803,45 a $376.229,64, argumentando que la labor profesional en audiencia no justifica la suma inicialmente regulada y que la normativa arancelaria no fue aplicada en el caso concreto.
- Quién demanda: el alimentante Sr. H. Z.
¿A quién se demanda?
en la resolución del 08/04/2025, se regula honorarios al Dr. L. L. por la labor en un proceso de alimentos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
que los honorarios regulados, considerados altos, sean reducidos, y que la regulación arancelaria sea considerada inconstitucional.
¿Qué se resolvió?
la Cámara admitió el recurso del alimentante y redujo los honorarios regulados a 6 juristas, equivalentes a $376.229,64, considerando que la labor en audiencia no ameritaba la suma inicialmente regulada y que la normativa arancelaria no fue aplicada en el caso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El planteo centrado en la inconstitucionalidad del art. 50 de la Ley Arancelaria N°7046 no fue aplicable, ya que dicha norma no fue utilizada en este caso. La intervención en la audiencia, aunque valorada en su conjunto, no justifica la suma inicialmente regulada, pues la labor fue limitada en tiempo y naturaleza. La facultad del juez de ajustar equitativamente los honorarios, según el art. 1255 CCC, fue ejercida en la resolución apelada, que por ello resultó razonable y ajustada a derecho. Además, la reducción propuesta, a 6 juristas, es más proporcional y adecuada a la labor efectuada, en línea con la ley 11.141 y las pautas de valoración."
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