MIÑO, MILTON JAVIER C/ ESTADO PROVINCIAL S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO-SUMARIO
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos anuló las decisiones disciplinarias contra Milton Javier Miño, considerando que la prohibición de colocar cortinas en el centro de monitoreo municipal era manifiestamente ilegal e irrazonable, por lo que la sanción fue declarada nula.
Quién demanda: Milton Javier Miño (actor)
¿A quién se demanda?
Estado Provincial de Entre Ríos
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de las decisiones administrativas disciplinarias que lo sancionaron por colocar cortinas en el centro de monitoreo municipal, alegando ilegalidad e irrazonabilidad en la prohibición.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar a la demanda y declaró la nulidad de las decisiones administrativas sancionatorias, incluyendo la planilla disciplinaria, resoluciones y decreto que sancionaron al actor. Fundamentos principales de la decisión: "El carácter manifiesto de la ilegalidad de la prohibición y su incompatibilidad con la normativa de protección de datos personales y confidencialidad de las imágenes captadas por las cámaras, que vulnera el derecho a la confidencialidad y la ley provincial 10.175, así como la ley nacional 25.326, que regulan la privacidad y reserva de datos." "Se concluye que la orden de prohibición de colocar cortinas en el centro de monitoreo municipal es manifiestamente ilegal y además irrazonable, ya que contraviene la normativa de protección de datos personales y la confidencialidad de las imágenes, ya que la absoluta transparencia y la exposición pública de las grabaciones vulnera la reserva y la confidencialidad que garantizan dichas leyes." "Por consiguiente, la sanción por violar dicha prohibición deviene en nula por ilegal, y las decisiones administrativas que la respaldaron también deben ser anuladas." Votos disidentes: La vocal Acevedo se abstuvo y no participó del voto. La decisión fue unánime en hacer lugar a la demanda.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: