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GOGMAN, CAROLINA VALERIA c/ LEAL, MANUEL ANDRES -COBRO DE PESOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó el despido de una trabajadora embarazada, argumentando que la impugnación no cumplió con los requisitos legales y que no se evidenció arbitrariedad.

Arbitrariedad Recurso de queja Sentencia Inconstitucionalidad Valoracion probatoria Embarazo de riesgo Despido Derechos laborales Ley 7055 Santa fe.


- Quién demanda: La parte recurrente, en este caso, el demandado (empleador).

¿A quién se demanda?

La Sala Segunda de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La impugnación de la sentencia que confirmó el despido de la trabajadora embarazada, alegando vulneración de derechos constitucionales y errores en la valoración probatoria y en la motivación de la sentencia.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó la queja por incumplimiento de los requisitos formales y sustanciales del recurso de inconstitucionalidad, confirmando la decisión de la Cámara que evaluó que no existió arbitrariedad ni vulneración constitucional en la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Se advierte que la quejosa en su presentación directo incumple la carga estipulada en el artículo 8 de la ley 7055, al no estructurar siquiera elementalmente un supuesto de arbitrariedad contra lo expuesto por la Sala en el auto denegatorio respecto de que la postulación giraba en torno a un mero disenso del impugnante. Dicha motivación denegatoria no es controvertida eficazmente por el interesado mediante las alegaciones de su escrito de queja, por lo que queda sin cumplir la carga antes expuesta. Además, no se demuestra que la supuesta arbitrariedad o falta de fundamentación en lo decidido por la Cámara exista, ya que las alegaciones del recurrente se limitan a un disenso con la valoración de cuestiones fácticas y procesales propias del ámbito de los jueces ordinarios. La Sala sostuvo que existían circunstancias objetivas y acreditadas en el expediente que resultaban determinantes, como la existencia del embarazo de riesgo, la situación de salud, el comportamiento del empleador y el incumplimiento en el pago de haberes, justificando así la decisión de mantener el despido y la indemnización correspondiente. La Corte concluye que no se acreditan supuestos de afectación del derecho a la jurisdicción ni de arbitrariedad, por lo que procede el rechazo de la queja."

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