PANIAGUA, MARIANA RAQUEL c/ PROVINCIA DE SANTA FE -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró parcialmente procedente el recurso de inconstitucionalidad contra la tasa de interés y la capitalización bimestral, anulando la resolución anterior y ordenando un nuevo pronunciamiento en los aspectos cuestionados.
- Quién demanda: Mariana Raquel Paniagua
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Nulidad de la condena por intereses y capitalización aplicados en una sentencia laboral, por considerarlos irrazonables y vulneratorios de derechos constitucionales.
¿Qué se resolvió?
La Corte admitió el recurso de inconstitucionalidad y resolvió anular parcialmente la sentencia impugnada, ordenando que el tribunal de origen dictamine nuevamente en los aspectos cuestionados, especialmente en la tasa de interés y la capitalización.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El control de razonabilidad de las tasas de interés, en ejercicio de la función del Tribunal, permite declarar la inconstitucionalidad cuando la tasa aplicada no refleja la realidad económica y vulnera derechos constitucionales, como el derecho de propiedad y la prohibición de indexación. La tasa doble de la activa, además, no se sustenta en fundamentos razonables y se aparta de los parámetros legales y constitucionales. La capitalización bimestral, en tanto, excede los límites establecidos por el Código Civil y Comercial, careciendo de justificación suficiente, y vulnera principios de razonabilidad y previsibilidad." "Es fundamental que las decisiones judiciales en materia de intereses sean debidamente fundamentadas y ajustadas a las circunstancias concretas del caso, evitando soluciones arbitrarias o lesivas de derechos constitucionales. La discrecionalidad judicial debe ejercerse con respeto a los límites de la razonabilidad y la legalidad, garantizando la protección del derecho de propiedad y la prohibición de indexación." "Por todo ello, la Corte concluye que la resolución que fijó intereses en el doble de la tasa activa y la capitalización bimestral no estaban debidamente fundamentadas y vulneraban derechos constitucionales, por lo que corresponde anular dichas disposiciones y remitir al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento ajustado a estos parámetros."
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