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TREJO, KAREN AYELEN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL CARDOZO, MARTIN EXEQUIEL Y TREJO, KAREN AYELEN s/ ROBO AGRAVADO Y HOMICIDIO CRIMINIS CAUSAE AGRAVADO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la condena a prisión perpetua para Karen Ayelén Trejo por robo agravado y homicidio criminis causae, rechazando la queja por supuesta arbitrariedad y violaciones constitucionales, argumentando que los agravios son disenso en la valoración probatoria.

Recurso de queja


¿Quién es el actor?

La defensa de Karen Ayelén Trejo

¿A quién se demanda?

La decisión del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inconstitucionalidad de la condena de prisión perpetua y la valoración arbitraria de la prueba, además de violaciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Constitución Nacional.

¿Qué se resolvió?

La Corte provincial rechazó la queja y confirmó la validez de la valoración probatoria y la constitucionalidad de la pena, señalando que los agravios son disenso legítimo con la interpretación judicial.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación a los agravios vinculados con el exceso en el que habría incurrido la Alzada y con la arbitraria valoración que habría realizado de la prueba rendida para confirmar la condena a Trejo que había tenido lugar en primera instancia, del análisis de la argumentación ensayada por la impugnante no se advierte la configuración de los vicios que le endilga al fallo del Tribunal. [...] La Cámara analizó su intento de desacreditar al testimonio de Corradi y brindó motivos suficientes a fin de explicar por qué tal declaración resultaba creíble y contundente -al haber sido corroborada por otras pruebas-, desechando fundadamente los argumentos desarrollados por la apelante para desmerecerlo. [...] La interesada debía lograr con las alegaciones vertidas en el memorial introductor de la vía demostrar su insuficiencia o irrazonabilidad, lo que no ha alcanzado con éxito. En consecuencia, como se anticipó, la arbitrariedad invocada no supera el mero disenso con la hermenéutica de las normas penales en juego con arreglo a las circunstancias del caso efectuada por la Cámara, materia que, por regla, es ajena al conocimiento de esta Corte, en particular si -como en el sub examine
- la decisión cuenta con fundamentos que descartan esa tacha." "Asimismo, en orden a las postulaciones referidas a la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua, la compareciente no logra demostrar que la sanción impuesta colisione con los principios y derechos fundamentales aludidos, toda vez que tales afectaciones podrían ser traídas a consideración de este Tribunal por vía del recurso extraordinario cuando la condenada se encuentre en condiciones de peticionar los beneficios penitenciarios del período de prueba o de acceder a la libertad condicional y, oportuna y eventualmente, le fueran denegados, constituyendo expectativas futuras que no son inmutables y por ende, se torna inadmisible -por prematuro
- su tratamiento."

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