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VERA, AGUSTIN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL 1- ENRIQUEZ, GUSTAVO FABIAN; 2- PREDIGER, LEONARDO JUAN; 3- CARLES, HUGO ALBERTO FELIPE; 4- CARLES, LUIS ALBERTO SIMEON; 5- VERA, AGUSTIN s/ ROBO CALIFICADO EN LUGARES POBLADOS Y EN BANDA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR LA CAMARA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de rechazar la incorporación de prueba de declaración de un condenado por procedimiento abreviado. La resolución fue fundada en la normativa procesal y la valoración de la prueba, manteniendo la validez del rechazo de la prueba por considerarla vulneratoria de garantías constitucionales.

Prueba Inadmisibilidad Garantias constitucionales Valoracion probatoria Recurso de inconstitucionalidad Procedimiento abreviado Santa fe Control judicial. Declaracion de condenado Articulo 326 cpp


- Quién demanda: Agustín Vera y otros (recurso de inconstitucionalidad).

¿A quién se demanda?

Decisión del Colegio de Jueces Penales de Santa Fe, doctor Silva, que rechazó la incorporación de prueba de declaración de Prediger.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugna la decisión por considerar que vulnera garantías constitucionales y que la interpretación del artículo 326 del Código Procesal Penal es errónea.

¿Qué se resolvió?

La Corte consideró que la resolución del tribunal inferior se ajustó a la normativa y a los principios constitucionales, y que la decisión fue razonable y fundada. Por lo tanto, declaró inadmisible el recurso, confirmando la validez del rechazo de la prueba.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El tribunal inferior brindó una motivación suficiente en orden a fundar por qué correspondía en el caso la confirmación del pronunciamiento de grado, argumentación que, se comparta o no, en modo alguno logra ser rebatida por el impugnante desde la óptica constitucional en pos de demostrar que, al resolver, el Sentenciante se hubiera desentendido de los cánones mínimos de logicidad y razonabilidad que conlleven a la descalificación de la decisión por arbitraria." "La decisión de la Corte en esta instancia debe mantenerse, dado que la resolución del tribunal inferior se ajusta a la normativa y a los principios constitucionales, y no se evidencia vulneración alguna a derechos constitucionales." No se registran votos disidentes relevantes, manteniéndose la decisión unánime.

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