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A., A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL A., A. s/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO REITERADOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra el acuerdo que confirmó la condena de 12 años por abuso sexual agravado reiterados, argumentando que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional.

Arbitrariedad Revision judicial Derecho constitucional Sentencia confirmatoria Impugnacion judicial Recurso de inconstitucionalidad Garantias del debido proceso Corte provincial Violacion constitucional Pruebas y valoracion probatoria


- Quién demanda: La defensa de A. A.

¿A quién se demanda?

La decisión del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Vera, que confirmó la sentencia condenatoria.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo, alegando arbitrariedad y vulneración del debido proceso.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó la queja por improcedente, considerando que los agravios no demostraron la existencia de arbitrariedad o afectación de principios constitucionales, y que la valoración de las pruebas y fundamentos de la sentencia atacada estaban suficientemente motivados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los argumentos traídos a consideración de esta Corte, en confrontación con la sentencia atacada, revelan la mera discrepancia de la compareciente con los fundamentos expuestos por la Alzada al confirmar la condena de A. sin que se vislumbre la presencia de un supuesto de arbitrariedad fáctica o de afectación de principios constitucionales que habilite la apertura de la presente vía de excepción." "De la lectura de la causa surge que sus postulaciones son una mera reiteración de las expuestas al apelar -de manera horizontal
- la sentencia de condena y que fueron abordadas y descartadas por el A quo con motivación suficiente y razonable." "En consecuencia, las alegaciones de la impugnante, más allá de la terminología empleada, resultan insuficientes para habilitar la presente vía, dado que no se demostró que las apreciaciones efectuadas por la Alzada encuadren en alguna hipótesis de arbitrariedad o afectación de principios constitucionales." La resolución destacó que el recurso fue presentado en un contexto de discrepancia con los fundamentos de la sentencia confirmada, sin que se evidenciaran errores constitucionales o arbitrariedad.

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