F., M. A. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL F., M. A. s/ APELACION SENTENCIA CONDENATORIA- 1- F., M. A., 2- M., D. S. s/ HOMICIDIO DOLOSO; 2- SOBRESEIDA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Provincial rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la confirmación de la condena por homicidio calificado. La decisión se fundamentó en que las alegaciones de la defensa se limitaron a disensos con la valoración probatoria y no demostraron arbitrariedad o vulneración constitucional.
Actor: Defensa técnica de M. A. F.
Demandado: Tribunal de Cámara de Apelación en lo Penal de la Primera Circunscripción Judicial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Que se declare la inconstitucionalidad del acuerdo 137 del 13 de marzo de 2019, que confirmó la sentencia condenatoria de prisión perpetua por homicidio calificado por alevosía y lesiones leves calificadas.
¿Qué se resolvió?
La Corte Provincial rechazó la queja por no haberse demostrado la existencia de arbitrariedad o afectación de derechos constitucionales en la fallo impugnado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La quejosa alegó que la valoración de la informe técnico del laboratorio de genética forense fue arbitraria, ya que no se citó a la defensa para esa extracción de muestras, y que la valoración de ciertas pruebas y declaraciones fue arbitraria o careció de motivación suficiente. La Cámara de Alzada consideró que en el acto de extracción de muestras se cumplió con la normativa aplicable, documentando la presencia de testigos civiles, y que no se acreditó perjuicio concreto. En relación a la valoración de las pruebas, la Corte sostuvo que la Cámara fundamentó adecuadamente su decisión y que la mera discrepancia con la valoración probatoria no implica arbitrariedad. Respecto a la testigo madre de la víctima, la Cámara explicó que la ausencia de su declaración en el debate no vulneró derechos constitucionales, dado que no se acreditó que la declaración fuera fundamental para la certeza del fallo. Sobre la agravante de alevosía, la Corte afirmó que la valoración de la prueba fue razonable y fundamentada, considerando la edad de las víctimas, la situación del hecho y la actitud del imputado. La Corte concluyó que los agravios no demostraron vulneración de derechos constitucionales ni arbitrariedad, por lo que rechazó la queja.
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