PADILLA, MIGUEL ANGEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL MIGUEL ANGEL PADILLA s/ PORTACION ILEGITIMA DE ARMA DE FUEGO DE USO CIVIL, DOS HECHOS EN CONCURSO REAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo del Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario que confirmó la condena a Miguel Angel Padilla por portación ilegítima de arma de fuego. La revisión del tribunal superior concluyó que los agravios no constituyen cuestión constitucional, siendo meras discrepancias con la valoración probatoria y legal del tribunal de instancia, sin arbitrariedad ni vulneración constitucional. La disidencia consideró que la queja tenía fundamente y debería haberse admitido y concedido el recurso.
- Quién demanda: La defensa de Miguel Angel Padilla
¿A quién se demanda?
Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Rosario
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo que confirmó la condena, alegando violaciones al debido proceso, arbitrariedad en la valoración probatoria, y errores en la interpretación del tipo penal y en la fundamentación de la pena.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema rechazó la queja por no evidenciar que las cuestiones planteadas constituyeran problemas constitucionales, calificando las alegaciones como meras discrepancias con la valoración de los hechos y la interpretación legal, que no configuran arbitrariedad ni vulneración constitucional. La disidencia, en cambio, consideró que había fundamento suficiente para admitir y conceder el recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos de la recurrente no constituyen cuestión constitucional alguna, pues el Tribunal de Alzada brindó fundamentos suficientes para explicar por qué en autos correspondía confirmar la condena, haciendo hincapié en que, tratándose de un delito de peligro, la presencia de armas en la vía pública implica una presunción de utilización y riesgo, sin que los argumentos defensivos logren demostrar arbitrariedad o violación constitucional." "Las alegaciones respecto del procedimiento de aprehensión y la valoración de las pruebas constituyen meras discrepancias que no configuran cuestiones constitucionales, y en virtud del principio de autoridad, no justifican la apertura de la vía extraordinaria." "Sobre la fundamentación de la pena, la Cámara consideró adecuada la explicación del Tribunal de grado, sin que las alegaciones de la defensa evidencien arbitrariedad o incumplimiento de las pautas legales en la mensuración de la sanción." La disidencia sostuvo que "las postulaciones de la impugnante cuentan con suficiente asidero en las constancias de la causa e importan articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad y de afectación a mandas constitucionales, por lo que correspondería admitir y conceder el recurso."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: