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PAVON, NORBERTO MARTIN -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL PAVON, NORBERTO MARTIN s/ ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA-APELACION DE SENTENCIA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la confirmación de la condena de Norberto Martín Pavón, argumentando que la defensa no logró demostrar la afectación de garantías constitucionales ni la arbitrariedad del fallo.

Arbitrariedad Inconstitucionalidad Proporcionalidad Derechos humanos Garantias constitucionales Proceso Recurso de inconstitucionalidad Revision de pena Pena de cinco anos


- Quién demanda: Defensa de Norberto Martín Pavón

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelaciones en lo Penal de Rosario y la resolución de la jueza de primera instancia

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare la inconstitucionalidad de la pena de cinco años de prisión efectiva por considerarla desproporcionada y vulneratoria de principios constitucionales como la proporcionalidad, culpabilidad, y derechos al debido proceso.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja y confirmó la denegación del recurso de inconstitucionalidad por parte del tribunal de alzada, por considerar que los argumentos de la defensa no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional, además de que el recurso no cumple con los requisitos de admisibilidad procesal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La queja interpuesta no ha de prosperar. Como este Cuerpo ha señalado repetidamente, conforme la mecánica de la ley 7055, el primer examen de admisibilidad lo efectúa el propio órgano que dictó la resolución impugnada y ante quien se interpone el recurso de inconstitucionalidad. Si no es franqueado ese primer control, la presentación directa ante la Corte tiene por carga el ataque de los argumentos relativos a la admisibilidad en que el tribunal a quo sustentó su denegatoria." "Estos argumentos no resultan adecuadamente rebatidos por la defensa que, en su libelo, intenta desvirtuarlos mediante genéricas alegaciones de afectación de garantías constitucionales -concretamente, del debido proceso
- por ausencia de una adecuada fundamentación del decisorio de Cámara, mas no logra con ello persuadir a este Tribunal de que las consideraciones efectuadas por el A quo no se correspondan con las constancias de la causa, ni que resulten irrazonables o insuficientes para cumplir con la motivación exigida por el artículo 95 de la Constitución provincial, a la par que tampoco demuestra que la pena impuesta en el mínimo legal -cinco años de prisión
- confirmada en Cámara, importe una afectación a los principios constitucionales que invoca." "Por las razones expuestas, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia RESUELVE: Rechazar la queja interpuesta." Además, se destaca que la defensa no fundamentó adecuadamente su queja en relación a las consideraciones del tribunal inferior, limitándose a reiterar planteos ya analizados en instancias previas, lo que fue considerado insuficiente para habilitar la vía extraordinaria.

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