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C., J. O. -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL C., J. O. s/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la mantenimiento de la prisión preventiva en modalidad domiciliaria de J. O. C., argumentando que los cuestionamientos no demostraron irrazonabilidad ni vulneración constitucional.

Garantias constitucionales Derechos constitucionales Prision preventiva Integracion del tribunal Recurso de inconstitucionalidad Irregularidades procesales Prision domiciliaria Fundamentacion del fallo Covid-19 Santa fe.


- Quién demanda: Defensa de J. O. C.

¿A quién se demanda?

Colegio de Cámara Penal de Apelación de la Segunda Circunscripción Judicial de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La inconstitucionalidad de la resolución que confirmó la rechazo de la recurso de suspensión de la prisión domiciliaria y la supuesta vulneración del derecho a la jurisdicción y la fundamentación del fallo.

¿Qué se resolvió?

La Corte rechazó la queja, confirmando la legitimidad del fallo que mantiene la prisión domiciliaria, señalando que los cuestionamientos son meros disensos y que la forma de integración del tribunal y la fundamentación del fallo son razonables y no vulneran derechos constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte sostuvo que los cuestionamientos por la conformación unipersonal del tribunal y la falta de fundamentación adecuada en la decisión no constituyen en sí mismos una vulneración constitucional, especialmente por su carácter de interpretaciones de derecho procesal ajenas a la vía extraordinaria. Además, se resaltó que los argumentos de la defensa solo reflejan disenso con la decisión, sin demostrar irrazonabilidad o arbitrariedad. La Corte también reiteró que la situación de pandemia COVID-19 debe ser abordada en las vías ordinarias y extraordinarias correspondientes, y que en la instancia actual no se advierten irregularidades constitucionales en la resolución impugnada. La disidencia del ministro Erbetta consideró que existían fundamentos suficientes para admitir la queja, dada la posible afectación de derechos constitucionales en el contexto de la pandemia.

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