SCHREIER, ADRIAN RICARDO c/ PREVENCION ART S.A. -SENTENCIA ACCIDENTE Y/O ENFERMEDAD TRABAJO- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia que confirmó la validez del artículo 6, apartado 2, de la Ley de Riesgos del Trabajo, sosteniendo que los argumentos del recurrente no superaron los requisitos formales y sustanciales.
Actor: Adrian Ricardo Schreier Demandado: Prevención ART S.A. Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra la decisión de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Santa Fe, que confirmó la sentencia de rechazo de la demanda y la validez del artículo 6, apartado 2, de la Ley de Riesgos del Trabajo. Decisión: La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por considerar que los planteos del recurrente no cumplían con los requisitos de fundamentación autónoma y suficiente, limitándose a expresar disenso con lo resuelto sin aportar argumentos nuevos o sustanciales que permitan modificar la decisión recurrida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos del presentante no alcanzaron a controvertir los fundamentos del fallo por los que entendió que 'la referencia que el decreto N° 656/96 hace a las reacciones vivenciales anormales neuróticas (neurosis), no la convierten en una enfermedad profesional ‘listada’' al no estar incluidas en el decreto número 658/96, agregando que para que pudieran ser consideradas dentro de la reparación sistémica, debía acreditarse la causalidad con un accidente de trabajo previo, 'circunstancia que en autos no se cumple, dado que el accionante imputa su dolencia a un ámbito de trabajo hostil, agresivo, como causa generadora de su enfermedad, e incapacidad'." Además, se afirmó que los planteos del recurrente constituyen un mero disenso y no cumplen con la carga de fundamentación autónoma establecida en la ley 7055, por lo que la instancia superior no puede replantear cuestiones de hecho o prueba, y que los argumentos sobre la aplicación de normativa internacional tampoco lograron probar la decisividad en la resolución del asunto.
- Disidencia: No se reportan votos disidentes relevantes; la decisión fue unánime en rechazar la queja.
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