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VAZQUEZ, NAHUEL OSCAR -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL VAZQUEZ, NAHUEL OSCAR s/ CUESTION DE COMPETENCIA- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (CONCEDIDO POR EL TRIBUNAL UNIPERSONAL DEL COLEGIO DE JUECES DE SEGUNDA INSTANCIA)

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una resolución que mantuvo la competencia provincial en un proceso por incumplimiento de medidas sanitarias, fundamentando que la resolución no evidencia arbitrariedad ni afectación de garantías constitucionales.

Arbitrariedad Garantias constitucionales Competencia judicial Jurisdiccion provincial Control judicial Juez natural Recurso de inconstitucionalidad Interes federal Pandemia covid-19 Interes nacional.


- Quién demanda: Nahuel Oscar Vázquez (representado por su defensa).

¿A quién se demanda?

La decisión del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, que confirmó la competencia provincial para continuar con el proceso.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de inconstitucionalidad de la resolución que sostuvo la competencia provincial, por supuesta afectación del juez natural y del ejercicio de competencia federal en el contexto de la pandemia.

¿Qué se resolvió?

La Corte descartó la existencia de arbitrariedad o lesión constitucional en la fallo impugnado, y declaró inadmisible el recurso por considerar que la resolución no excedió los márgenes de la valoración judicial, además de que la vía de inconstitucionalidad no es procedente en estos casos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la lectura del pronunciamiento cuestionado se advierte que el Magistrado realizó un pormenorizado análisis de la cuestión debatida y brindó adecuada fundamentación para justificar por qué entendía que en el hecho concreto no había razones que impusieran la excepcional competencia federal." "El Tribunal explicó que, salvo en los delitos cuya competencia federal está expresamente determinada en la ley respectiva y otras figuras contempladas en el artículo 33 inciso 1 del Código Procesal Penal de la Nación, resulta necesario evaluar la existencia o no de un interés nacional o federal en juego, para lo que debe acudirse a las variables de personas, lugares, materias o instituciones involucradas." "Así, el A quo efectuó una acabada motivación -con cita de jurisprudencia de la Corte nacional y local
- en orden a sustentar su decisión y explicar por qué, en el caso concreto, no se lograba demostrar que los hechos analizados -infractores individuales que incumplen el aislamiento obligatorio circulando por la calle de una determinada ciudad
- revistan un supuesto de interés federal que permita excepcionar la competencia provincial ordinaria." "En definitiva, el Judicante expuso las razones a partir de las cuales podía concluirse que la aplicación de las reglas generales de competencia determinaba que la investigación debía continuar bajo la órbita de la justicia ordinaria." "Por ello, la Corte concluyó que no se configuraba la arbitrariedad alegada y que la resolución apelada se encontraba debidamente fundada, descartando la existencia de vulneración de garantías constitucionales."

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