MENDOZA, NICOLAS MANUEL s/ REVISION PENAL (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Provincial deniega el recurso extraordinario interpuesto por Nicolás Manuel Mendoza contra la sentencia que rechazó su revisión penal por vulneración de principios constitucionales, confirmando que la impugnación no cumple con los requisitos para su admisión y que la decisión fue fundada.
- Quién demanda: Nicolás Manuel Mendoza
¿A quién se demanda?
Corte Superior de Santa Fe
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La concesión del recurso extraordinario para revisar una sentencia que rechazó su revisión penal, alegando violación de principios constitucionales y error en la interpretación de la pena.
¿Qué se resolvió?
La Corte denegó la concesión del recurso extraordinario, señalando que los agravios carecían de los requisitos necesarios para habilitar la vía federal y que la decisión de la Corte provincial estaba fundada en la falta de cumplimiento de los requisitos del art. 3, incisos "d" y "e" del reglamento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala señaló que el recurso no refuta adecuadamente las motivaciones del Tribunal Superior ni demuestra que exista relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido en el caso. Además, consideró que los agravios expresados por Mendoza constituyen mera discrepancia con la resolución, sin aportar argumentos que evidencien que la decisión de la Corte provincial fue arbitraria o lesiva de derechos constitucionales. La jurisprudencia establece que la vía del artículo 14 de la ley 48 es excepcional y requiere la existencia de una cuestión federal que habilite la revisión. En este caso, la recurrente no logró acreditar que la pena de inhabilitación impuesta exceda el límite legal, ni que se configure alguna hipótesis que permita habilitar la vía federal. La Corte concluyó que la impugnación no cumple con los requisitos formales y sustanciales para su admisión y, en consecuencia, rechazó el recurso.
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