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OJEDA, MARIA AMERICA c/ VALE S.A. -SENTENCIA COBRO DE PESOS-RUBROS LABORALES- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA) (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Suprema de Santa Fe denegó el recurso de inconstitucionalidad contra una sentencia de reenvío, por considerar que la impugnación no cumple con los requisitos de definitividad y no es admisible ante un pronunciamiento que no es sentencia definitiva. La decisión fundamenta que la impugnación fue presentada contra un auto de reenvío, no una sentencia, y que no se acreditaron circunstancias que justifiquen la excepción a la regla. La Corte reafirma la jurisprudencia que establece la inadmisibilidad del recurso en estos casos y recuerda que la alegación de garantías constitucionales no exime del requisito de definitividad del decisorio impugnado.

Recurso extraordinario Inconstitucionalidad Inadmisibilidad Jurisprudencia Garantias constitucionales Sentencia no definitiva Definitividad Camara de apelacion Auto de reenvio Fallo santa fe.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, María América Ojeda, interpuso recurso extraordinario federal contra la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario.
- La Cámara confirmó que la resolución impugnada no era una sentencia definitiva, sino un auto de reenvío, y que para que sea susceptible de recurso extraordinario debe tratarse de una sentencia que resuelva el cuestión principal del proceso.
- La Corte analizó la impugnación y concluyó que no se cumple con el requisito de definitividad exigido por la normativa y jurisprudencia.
- La sentencia señala que “la impugnación interpuesta se dirige contra un pronunciamiento que dispuso el reenvío de la causa a una instancia inferior y, por lo tanto, no constituye sentencia definitiva o equiparable a tal, sin que se admitan distinciones en cuanto al alcance del reenvío”.
- La Corte cita fallos previos y jurisprudencia consolidada en la materia, reafirmando que “el carácter de definitividad no puede suplirse a través de la alegación de garantías constitucionales” y que “la impugnación contra autos de reenvío no es admisible”.
- Finalmente, se resuelve que la impugnación debe ser denegada por no cumplir con los requisitos legales para su admisibilidad, y que no corresponde conceder el recurso extraordinario federal.

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