LEIVA, JUAN PEDRO c/ MONTORFANO, DUSOLINA GLADYS Y OTROS -DAÑOS Y PERJUICIOS- Y SU ACUMULADO LEIVA, JUAN PEDRO c/ PEUCHOT, JORGE LUIS Y OTROS (376/12) -JUICIO ORDINARIO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
La Corte Suprema de Santa Fe decidió no conceder el recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra una sentencia que declaró procedente un recurso de inconstitucionalidad anterior. La resolución fundamenta que la causa fue remitida a un tribunal subrogante para dictar una nueva sentencia, lo que impide la concesión del recurso.
- Quién demanda: Juan Pedro Leiva (actor).
¿A quién se demanda?
Corte provincial de Santa Fe.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revisión de la decisión que denegó el recurso de inconstitucionalidad, alegando vulneración del Pacto de San José de Costa Rica y de la doctrina internacional de derechos humanos.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Santa Fe denegó la concesión del recurso extraordinario, considerando que la causa fue remitida a un tribunal inferior para dictar una nueva sentencia y que, por tanto, no se cumple el recaudo de definitividad requerido. La resolución señala: "la remisión de la presente causa a un tribunal subrogante implica que se dicte una nueva resolución de acuerdo a los parámetros brindados en el acuerdo de este Cuerpo, los cuales son ahora impugnados por el presentante."
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el presente caso el recurso de inconstitucionalidad deducido fue declarado procedente con la consecuente disposición del reenvío de la causa al tribunal subrogante inferior que correspondiere a fin del dictado de una nueva sentencia, lo cual determina la ausencia de aquel recaudo conforme la inveterada interpretación que ha efectuado la Corte Suprema de Justicia de la Nación." "La alegación del recurrente respecto a que la sentencia le ocasiona un gravamen de imposible reparación ulterior no logra ser superada, pues la remisión a un tribunal inferior implica que se dicte una nueva resolución, no una sentencia definitiva." "Por todo ello, la Corte decide no conceder el recurso y confirmar la decisión de no hacer lugar." No se identifican votos disidentes relevantes.
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