BENITEZ, JONATAN NAHUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL BENITEZ, JONATAN NAHUEL s/ HOMICIDIO SIMPLE AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y OTROS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la sentencia que condenó a Jonatan Nahuel Benítez por homicidio agravado. La decisión se fundamentó en que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional.
- Quién demanda: La defensa de Jonatan Nahuel Benítez
¿A quién se demanda?
La sentencia del Colegio de Jueces de Cámara de Apelación en lo Penal de la Segunda Circunscripción Judicial
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de la condena penal, por considerarla arbitraria y vulneratoria de derechos constitucionales
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja, confirmando la validez y fundamentación de la fallo condenatorio
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte sostuvo que los agravios de la recurrente consisten en una mera disconformidad con la valoración probatoria del tribunal de alzada, que realizó una fundamentación suficiente y razonada respecto de la convicción de la responsabilidad penal del imputado. "El Tribunal efectúo una acabada motivación para concluir que la totalidad de las probanzas producidas en el juicio permitían lograr convicción certera sobre el acaecimiento material del hecho atribuido y la intervención típicamente relevante del imputado." Asimismo, se indicó que las argumentaciones relativas a la desproporcionalidad de la pena son insuficientes para justificar la apertura de la instancia extraordinaria, dado que la valoración de la pena y las circunstancias que la rodean son funciones de los jueces de la causa, no susceptibles de revisión en esta vía. La Corte concluyó que no se evidencian supuestos de arbitrariedad ni violaciones constitucionales que ameriten la intervención de esta instancia, por lo que se rechazó la queja.
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