AGUIRRE, HUMBERTO ISMAEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL AGUIRRE, HUMBERTO ISMAEL; BERLARI, OSCAR; ACOSTA, FERNANDO RUBIN; MORGAN, CARLOS ALBERTO; VALLEJOS, MIGUEL; RODAZ, NARA LUCIA; MALDONADO, MAXIMILIANO Y LOPEZ, DAMIAN s/ ROBO CALIFICADO POR USO DE ARMA DE FUEGO, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LA LIBERTAD AGRAVADO POR SER PERSONAL POLICIAL Y COMETIDO EN POBLADO Y EN BANDA, ASOCIACION ILICITA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja contra el acuerdo que confirmó la condena de Humberto Aguirre por delitos de robo calificado y asociación ilícita. El tribunal consideró que los agravios no evidencian arbitrariedad ni violación constitucional.
- Quién demanda: La defensa técnica de Humberto Ismael Aguirre
¿A quién se demanda?
Los jueces del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctores Mascali, Acosta y Hernández
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad del acuerdo 576, que confirmó parcialmente la condena de Aguirre.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó la queja, confirmando la validez del proceso y la resolución judicial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios expresados en el recurso de inconstitucionalidad refieren, en síntesis, por un lado, a su discrepancia con el alcance que el A quo asignó a las pruebas reunidas para acreditar la existencia de los hechos denunciados, la autoría del imputado y su responsabilidad penal en ellos -planteando la invalidez de la declaración de Vallejos
- y, por el otro, con la adecuación típica escogida para la conducta investigada en la CUIJ N° 21-06254980-4 y el monto de pena impuesto.
Y sabido es que tanto las cuestiones vinculadas a la calificación legal de los hechos materia del proceso, como las referidas al grado de convencimiento que cada uno de los medios de confirmación producidos puede acarrear no constituyen cuestión constitucional alguna salvo supuestos de arbitrariedad o de violación a mandas constitucionales, cuya configuración en el caso la compareciente no ha logrado perfilar."
"El análisis exhaustivo de las constancias y la fundamentación de los jueces de grado, en concreto, que la declaración de Vallejos fue valorada en consonancia con otros medios probatorios, y que la calificación jurídica y la pena impuesta se ajustan a Derecho, demuestra que no hay vicio de arbitrariedad ni vulneración constitucional."
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