Logo

BOLLETINO, JORGE OMAR c/ EXPERTA ART S.A. (EX LA CAJA ART S.A.) -LEY 24557- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)

La Corte Provincial denegó el recurso extraordinario federal interpuesto contra una sentencia que rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad, al considerar que no se acreditaron los requisitos necesarios y que los planteos de la recurrente eran meramente disensos sin fundamentación suficiente.

Actor: La parte que interpuso el recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en representación de la demandada (EXPERTA ART S.A. / LA CAJA ART S.A.). Demandado: La Corte Provincial de Santa Fe, en el marco de la causa "BOLLETINO, JORGE OMAR contra EXPERTA ART S.A. (-EX
- LA CAJA ART S.A.)". Objeto: La concesión del recurso extraordinario federal por supuesta arbitrariedad en la aplicación de intereses y violaciones constitucionales, tras la denegación de la queja por la ley provincial 7055. Decisión: La Corte provincial denegó la concesión del recurso extraordinario, confirmando que no se cumplían los requisitos formales y sustanciales para su admisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El memorial recursivo no cumple con los recaudos establecidos por la regla 3° incisos c), d) y e) del reglamento aprobado por la acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Dicho incumplimiento se verifica ante la falta de crítica razonada que refute las motivaciones enunciadas por este Tribunal Superior en el decisorio, y en la ausencia de demostración de una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, como así también de que la decisión impugnada es contraria al derecho aducido y que le ocasiona un gravamen personal, concreto, actual y no derivado de su propia actuación. La recurrente se limita a reiterar los planteos efectuados en el recurso de inconstitucionalidad local, en relación a la aplicación de una tasa de interés que entiende excesiva. Sin embargo, no resultan rebatidas las razones por las que este Tribunal entendió que, de conformidad al análisis de las constancias del caso, la temática en juego como cuestión privativa de los magistrados de la causa, la situación económica reinante y la falta de demostración en concreto de irrazonabilidad y/o exorbitancia, otorgaban suficiente basamento a la tasa de interés decidida." "En cuanto a la violación al principio de 'no reformatio in pejus' en la modificación de la tasa de interés, cabe señalar que dicho argumento no fue alegado en el recurso de inconstitucionalidad local. Además, tratándose de un accesorio del capital de condena, la sala estaba facultada para su modificación en pos de mantener el valor del crédito del trabajador. La impugnante no logra demostrar que la resolución sea arbitraria o lesiva de

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar