Logo

L., M. A. s/ HOMICIDIO AGRAVADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO Y ABUSO DE ARMA DE FUEGO

La Cámara de Apelaciones en lo Penal de Santa Fe confirmó la condena de M. A. L. a 17 años de prisión por homicidio agravado y portación ilegal de arma, sosteniendo la validez de la prueba testimonial y la valoración realizada por el tribunal de primera instancia.

Prueba testimonial Apelacion Condena Valoracion probatoria Autopsia Testimonios Homicidio agravado Responsabilidad penal Reconocimiento en rueda Camara de apelaciones santa fe

Actor: La Defensa Técnica del imputado M. A. L. Demandado: La resolución que condenó a M. A. L. a 17 años de prisión por homicidio agravado y portación de arma de fuego. Objeto: La revocación de la sentencia de condena, alegando fallos en la valoración de la prueba testimonial, errores en los reconocimientos y dudas sobre la participación del imputado, además de solicitar una investigación sobre la actuación policial y los dueños del boliche Gema. Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazando los agravios de la defensa, considerando suficiente la valoración de los testimonios y la evidencia disponible, y sosteniendo la existencia del hecho y la responsabilidad del imputado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia recurrida valoró adecuadamente los testimonios y la prueba pericial, destacando que los reconocimientos en rueda, aunque con resultados diversos, no deslegitimaron la participación del imputado, sino que reforzaron su identificación. Se argumentó que la descripción física y las declaraciones del testigo S. F. son coherentes y consistentes, y que la autopsia evidencia que la lesión mortal fue producida en el pecho por un disparo en dirección frontal, coincidiendo con los testimonios. Se afirmó que la valoración probatoria realizada por el tribunal de primera instancia fue lógica, racional y conforme a la sana crítica racional, sin errores en el análisis de los elementos ofrecidos. La denuncia de la defensa respecto a la viralización de una foto posterior al hecho no afecta la valoración de la prueba testimonial, ya que la identificación del imputado se basó en los testimonios y las circunstancias del hecho. La valoración de la prueba testimonial fue adecuada, considerando las particularidades del caso, las condiciones en que se produjeron los hechos y la percepción de los testigos, en coherencia con la autopsia y las declaraciones repetidas en distintas oportunidades. La Cámara rechazó los agravios basados en supuestos errores en la valoración de la prueba, confirmando la condena en todos sus términos.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar