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ORTEGA, NESTOR c/ CARISIMO, MARCOS -DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte Suprema de Santa Fe admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que confirmó la fallo condenatorio en un reclamo por daños y perjuicios por accidente vial. La decisión se fundamenta en que la valoración de prueba sobre ingresos fue arbitraria y careció de razonabilidad.

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- Quién demanda: Néstor Ortega (actor)

¿A quién se demanda?

Cámara de Apelación de Circuito de Rosario y en última instancia el tribunal de origen

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se cuestiona la decisión de la Cámara que confirmó la condena y la valoración de la prueba de ingresos, alegando arbitrariedad y violación constitucional por prescindir de prueba decisiva.

¿Qué se resolvió?

La Corte admitió la queja y concedió el recurso de inconstitucionalidad, considerando que la valoración de la prueba sobre los ingresos del actor fue arbitraria y que la decisión de la Cámara no respetó garantías constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El planteo de la recurrente cuenta con suficiente asidero en las constancias de la causa e importa articular con seriedad planteos que pueden configurar hipótesis de arbitrariedad con idoneidad suficiente como para operar la apertura de esta instancia extraordinaria." "En análisis provisional, sin adelantar opinión sobre la sustantividad de la impugnación, se concluye que la queja presenta fundamentos sólidos en relación a la valoración de prueba, en particular, la omisión de considerar la prueba informativa cursada a la Municipalidad de Rosario, que acreditaba los ingresos del actor." "El Tribunal de Alzada no acreditó que hubiera soslayado prueba informativa ni que hubiera negado la relación de dependencia alegada, sino que la valoró en función de las circunstancias del caso, de modo que la discrepancia del recurrente no configura arbitrariedad constitucional." "Por ello, la queja debe ser admitida y concedido el recurso de inconstitucionalidad, ordenándose la elevación de los autos principales para su trámite."

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