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ORIGEN S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE PEREZ -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (QUEJA ADMITIDA)

La Corte Suprema de Santa Fe declaró procedente el recurso de inconstitucionalidad contra una resolución que rechazó un recurso contencioso administrativo. La decisión se fundamentó en la nulidad de la notificación y en que la sentencia impugnada carecía de fundamentación adecuada, anulando la resolución y remitiendo la causa para nuevo juicio.

Competencia Nulidad Cosa juzgada Impugnacion administrativa Notificacion defectuosa Derecho al debido proceso Recurso de inconstitucionalidad Fundamentacion judicial Vicio de fundamentacion Santa fe.

Quién demanda: Origen S.A.

¿A quién se demanda?

Cámara de lo Contencioso Administrativo Nro. 2 de Rosario

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declaración de nulidad de la resolución que rechazó su recurso de reconsideración y la anulación de la sentencia que confirmó esa inadmisibilidad, por vulneración del derecho al debido proceso, específicamente por defectos en la notificación del acto administrativo y en la fundamentación de la decisión judicial.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe declaró la inconstitucionalidad de la resolución impugnada, anulándola y disponiendo la remisión de los autos al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Fundamentos principales de la decisión:
- La resolución impugnada se apoyaba en afirmaciones dogmáticas y no fundamentadas con constancias del expediente, vulnerando el derecho a la defensa y a la jurisdicción efectiva.
- La notificación del decreto 225/17 fue realizada en forma nula por incumplimiento de la ley 12071, ya que no se informó correctamente el derecho a interponer recursos y los plazos, lo que invalidaba su carácter de acto firme.
- La sentencia de la Cámara extendió efectos de cosa juzgada a un auto de inadmisibilidad sin considerar la diferencia entre firmeza y cosa juzgada, afectando el derecho de defensa.
- La Corte concluyó que la falta de ponderación de estos aspectos llevó a un vicio en la fundamentación, por lo que la resolución judicial debía ser dejada sin efecto.
- La jurisprudencia de la Corte sustenta que las sentencias basadas en aseveraciones dogmáticas carecen de validez, y por ello, la resolución impugnada no cumple con los requisitos de razonabilidad y fundamentación constitucional.

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