GOROSITO, BLANCA ILDA c/ CENTRO DE EMERGENCIAS MEDICAS Y OTROS -INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD
La Corte Suprema de Santa Fe rechazó la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que rechazó la queja por denegación del recurso de apelación extraordinaria en un caso de indemnización por daños derivados de mala praxis y accidente de tránsito. El tribunal argumentó que los agravios no demostraron arbitrariedad ni vulneración constitucional.
Actor: Sancor Cooperativa de Seguros Ltda. en calidad de citada en garantía. Demandado: Centro de Emergencias Médicas y otros, en autos "Gorosito, Blanca Ilda contra Centro de Emergencias Médicas y otros". Objeto: Recurso de inconstitucionalidad contra un acuerdo que rechazó la queja por denegación del recurso de apelación extraordinaria, alegando que la sentencia y las decisiones judiciales vulneran principios constitucionales y derechos fundamentales. Decisión: La Corte de Santa Fe rechazó la queja y confirmó la decisión de la Cámara de Apelación, sosteniendo que los agravios no demostraron que las resoluciones judiciales fueran arbitrarias o vulneraran derechos constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso se limita a reiterar los argumentos utilizados en ocasión de interponer el RAE, ataca la sentencia del TCRE y no precisamente la denegatoria del recurso de queja. Toda su redacción, con más alusiones a la sentencia de grado que a la resolución desestimatoria de alzada, gira en torno a las mismas cuestiones que reitera" (fs. 24).
"En orden a denegar el recurso de inconstitucionalidad, la Sala principió destacando que (...) no logra advertirse que sus postulaciones tengan entidad suficiente para demostrar que lo decidido por la Alzada pueda ser descalificado por arbitrario, máxime cuando no explica suficientemente -más bien da por supuesto
- por qué del hecho de que el difunto tenía esposa se derivaba sin más que su concubina perdiera la titularidad al derecho de reclamar daño moral" (fs. 24v).
"El argumento nuclear de la recurrente finca en que no quedaba determinada si la muerte de Bustaver procedía del accidente o de la mala praxis y que ello, a su modo de ver, podría conducir a sentencias contradictorias, empero dichos argumentos no logran rebatir las razones expuestas por el A quo, especialmente cuando puntualiza que lo que se pretende en el proceso laboral difiere de lo que se pretende en el proceso civil, lo que avienta la posibilidad del 'strepitus fori'" (fs. 25).
"Por otro lado, en relación al agravio relativo a la prueba pericial, la Sala que al denegar la queja se refirió a que la valoración de la prueba pericial constituye una cuestión propia de los jueces de la causa y su apreciación está en principio fuera de los alcances de la revisión extraordinaria" (fs.
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