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PERALTA, HERNAN EMANUEL -RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL PERALTA, HERNAN EMANUEL s/ INFRACCION AL ARTICULO 205 DEL CODIGO PENAL- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

La Corte provincial rechaza la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que mantiene la competencia provincial en un caso de infracción al art. 205 del Código Penal durante la pandemia. La decisión se fundamenta en la razonabilidad y en la fundamentación del tribunal inferior, sin evidenciar arbitrariedad.

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¿Quién es el actor?

Hernán Emanuel Peralta, a través de su defensa.

¿A quién se demanda?

a la resolución del Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Rosario, doctor Salvador.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la declaración de inconstitucionalidad de la decisión que mantuvo la competencia provincial, por considerar que debió ser federal dadas las circunstancias derivadas de la pandemia y la normativa de emergencia nacional.

¿Qué se resolvió?

la Corte provincial rechaza la queja y confirma la validez de la decisión del tribunal inferior, sosteniendo que la fundamentación de la resolución no revela arbitrariedad ni vulneración de garantías constitucionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó si la resolución cuestionada constituyó una decisión definitiva equiparable a una sentencia, concluyendo que no, ya que la Cámara revocó una decisión del juez de grado y mantuvo la competencia provincial, lo que no configura en principio sentencia definitiva. Además, la Corte señaló que la discrepancia sobre la interpretación de las normas en juego, en particular sobre la competencia en casos de infracción al art. 205 del Código Penal en contexto de pandemia, no constituye arbitrariedad cuando la fundamentación del tribunal inferior es adecuada y razonable. La jurisprudencia de la Corte también indica que las decisiones sobre competencia no son revisables en la vía extraordinaria salvo cuando impliquen denegatoria del fuero federal, lo cual no acontece en este caso. La defensa no logró demostrar que la resolución fuera arbitraría o afectara garantías constitucionales, por lo cual su queja fue rechazada.

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