ASOCIACION DEL PERSONAL DE LOS ORGANISMOS DE CONTROL NACION (APOC) c/ PROVINCIA DE SANTA FE -RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO- s/ MEDIDA CAUTELAR
La Corte Suprema de Santa Fe declaró que no subsiste materia a resolver en el proceso y rechazó la medida cautelar solicitada por la Asociación del Personal de los Organismos de Control Nación (A.P.O.C.), por considerar que la causa se tornó abstracta tras la inadmisibilidad del recurso principal.
Quién demanda: Asociación del Personal de los Organismos de Control Nación (A.P.O.C.)
¿A quién se demanda?
Provincia de Santa Fe (Tribunal de Cuentas y Poder Legislativo)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La revocación de las resoluciones 145/20 y 101/20 y la cesación de obstaculización del ejercicio sindical de A.P.O.C. Se solicita también la declaración de inconstitucionalidad del art. 81 inc. a) cuarto párrafo de la Ley provincial 13.980 y la suspensión de llamados a negociación colectiva con participación de A.P.O.C.
¿Qué se resolvió?
La Corte Suprema declaró que no subsiste materia a resolver, en virtud del auto que consideró la competencia de la Corte y la inadmisibilidad del recurso principal, por lo cual se impusieron costas en el orden en que fueron causadas. Fundamentos principales de la decisión: "La Corte Suprema de Justicia de la Provincia, en virtud de lo dispuesto por la Constitución provincial en sus artículos 81 y 93 inc. 8), surge que esta Corte no resulta competente de manera originaria para entender en la presente causa"; además, se resolvió que "como las medidas cautelares como la solicitada tienen carácter instrumental, y sus efectos limitados al juicio al que acceden, la presente causa carece actualmente de materia". La causa se tornó abstracta tras la decisión de inadmisibilidad del recurso por parte del tribunal de alzada.
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